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Concepto de eutanasia en animales
La eutanasia es considerada como una muerte sin dolor, es decir, proceder a matar animales sin que ello entrañe sufrimiento, tanto físico como psíquico. La eutanasia en animales ha de ser irreversible, de lo contrario si recupera la consciencia o siente miedo, estrés, etc., ante el procedimiento, nos estaríamos alejando de lo que realmente es su significado etimológico: “muerte sin dolor”, “muerte dulce”. Para algunos autores impera una concepción amplia considerando la eutanasia en animales como un “arte de sacrificio o matanza sin dolor”, aunque es más plausible utilizar otros términos como “método o procedimiento”.
La eutanasia en animales mascotas es un acto clínico, por consiguiente es necesario un historial clínico que especifique las dolencias de la mascota, así como la necesidad de proceder a eutanasiar, motivado por unas serie de circunstancias, como es el caso de enfermedad incurable que cause sufrimiento si se continua alargando la vida de la mascota.
Para aplicar el acto clínico en mascotas se tiene en cuenta dos concepciones: dolor y sufrimiento, este último es causa del dolor, que hace que merme considerablemente su calidad de vida, su estado emocional, sufriendo fobias, tristezas, experiencias desagradables…, además de signos clínicos visibles y desagradables para el propietario, por ejemplo anorexia, vómitos, deshidratación, etc,.
No es lo mismo eutanasiar que sacrificar, esta segunda terminología es más idónea para casos de matar a un animal, pero con otros fines: consumo humano, erradicación de enfermedades zoonóticas, etc. Aunque a nivel científico se aborda una concepción amplia, que englobaría simplemente “la muerte sin sufrimiento físico”, por lo que además de mascotas, el sacrificio podría considerarse también eutanasia, especialmente animales abandonados, animales de laboratorio, etc. En esta última línea se ha demostrado que la “muerte dulce” o “sin dolor” en muchas ocasiones está ausente, o bien los medios para tal fin son más agresivos por no decir crueles.
La eutanasia en animales puede tener generalmente dos variables, activa (concluir con la vida del paciente), pasiva (dejar que muera sin aplicación de terapias que podrían alargar la vida y por ende el sufrimiento). Aunque existen muchas más concepciones pero orientadas al ser humano.
Mascotas
Se tiene en cuenta el sufrimiento o evitar el dolor de un animal doméstico que adolece de una calidad de vida digna, hay factores de lazos afectivos entre propietario-mascota, por lo que en clínica veterinaria se establece un protocolo a seguir, siendo el dueño el que ha de autorizar la práctica de la eutanasia, en la medida que en virtud del art. 1544 del Código Civil estamos ante un contrato de arrendamientos de servicios, no obstante, en todo momento debe ser apoyado por el personal veterinario. El apoyo moral veterinario, así como una buena información, es muy importante y evitará futuras denuncias.
Dado el avance en medicina veterinaria de los últimos tiempos, no todo es sufrimiento, por ejemplo, una mascota con amputación de un miembro, si bien queda limitado su aparato locomotor, puede llevar una calidad de vida aceptable, en pacientes oncológicos no terminales también se ha demostrado que determinados tratamientos alargan la vida sin que suponga sufrimiento o dolor desmesurado para la mascota, en definitiva, son enfermedades tratables que pueden hacer que el animal lleve una vida digna. El problema se acentúa cuando el propietario no puede pagar el tratamiento y prefiere optar por la eutanasia.
Igualmente otra problemática es el hecho de que la mascota sufra y sea necesario la eutanasia, pero el propietario no lo acepta, en este caso no se puede forzar el procedimiento y a nivel legal tampoco se puede eutanasiar sin autorización, pues si el propietario solicita pruebas de toxicidad, el veterinario tendrá que asumir responsabilidades legales.
La concepción de sacrificio de una mascota sin padecer ningún tipo de enfermedad o riesgo para personas, moral y éticamente no es aceptable y se aleja del concepto de eutanasia en animales, concretamente de su propia esencia, es decir, “evitar dolor o sufrimiento”, por lo que estaríamos ante un simple sacrificio. En esa línea la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid establece una prohibición de sacrificar animales de compañía, salvo motivos de sanidad, seguridad o riesgo a personas. Ha de realizarse por médico veterinario, salvo situaciones de emergencias o seguridad en las que se permite armas de fuego, siempre realizado por cuerpos y fuerzas de seguridad.
Animales abandonados
No existen lazos afectivos, la situación es más desconcertante pues se pueden llegar a sacrificar a animales sanos, simplemente por el hecho de carecer de instalaciones para su mantenimiento o imposibilidad de facilitarle un dueño, todo ello depende de la comunidad autónoma correspondiente, al tratarse de una materia que se integra dentro del marco de sus competencias; no obstante, para rizar el rizo también la propia normativa municipal establece ordenanzas al respecto. En la eutanasia en animales hay excepciones, como aquellos que pueden poner en peligro la seguridad de personas (animales potencialmente peligrosos) o la prohibición a estas prácticas, como así ha establecido la propia Comunidad de Madrid, normativa anteriormente aludida.
Cataluña también prohíbe el sacrificio de animales abandonados, salvo situaciones humanitarias o sanitarias (Art. 11.2 del Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de los animales), es considerada la normativa más avanzada con respecto a la eutanasia en animales.
Animales utilizados en laboratorios
Se trata de una eutanasia en animales más agresiva, pues a parte de agentes químicos (métodos de inhalación) o métodos parenterales, se pueden utilizar, según especie, métodos físicos como es el caso de la decapitación, dislocación cervical manual, disparo, aturdimiento eléctrico. Si es cierto que la normativa actual a nivel europeo, Directiva 2010/63/UE, ha mejorado desde el punto de vista de las instalaciones o bienestar animal, si se compara con la derogada Directiva 86/609/CE.
Agentes eutanásicos y pre-eutanásicos
Para una correcta eutanasia en animales deben elegirse los fámacos más apropiados, en función de su seguridad, rapidez, eficacia, facilidad de administración y la especie animal de destino. Los fármacos pre-eutanásicos suelen emplearse en pacientes de más difícil manipulación, su administración asegura un mejor éxito de la eutanasia en animales. Si se ejecutan ambas opciones es importante que el animal no sufra ni sienta dolor.
En todo caso, los medicamentos eutanásicos han de estar autorizados legalmente.
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